martes, 11 de enero de 2011

El embrión es o no un niño ?

"Los embriones congelados no son niños"

Los embriones congelados, ¿son niños y, por lo tanto, deben ser protegidos? ¿Qué se debe hacer con los embriones “abandonados” por sus “padres” en las clínicas de fertilidad? En estos casos, ¿los centros de salud deben mantenerlos con vida? Estos son algunos de los interrogantes legales y éticos que generan los avances científicos en materia de fecundidad, en un país (Argentina) donde no existe una ley que regule la actividad.
En este contexto sin regulación, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (Argentina) dictó un fallo sin precedentes: se expidió sobre una denuncia de la asociación civil Portal de Belén, que, como considera que los embriones son niños, había pedido a un juez de Menores que los protegiera.
La acción de la asociación surgió a partir de una nota publicada por La Voz del Interior en 2005, en la que un directivo de un centro de fecundación asistida manifestó que los embriones congelados no son personas, sino “un grupo de células que todavía no tiene ni expresión del genoma paterno”. Ante esos dichos, la organización inició una denuncia por abandono ante el Juzgado de Menores.
“Pese a que el juez de primera instancia (Carlos María López Peña) aceptó su competencia, el asesor de Menores apeló a la Cámara de Familia alegando la incompetencia del fuero de Menores, puesto que los embriones congelados no son niños”, comunicaron desde el TSJ.
La Cámara resolvió que no correspondía la intervención del fuero de Menores porque, justamente, no existe un “menor de edad”. Ante este pronunciamiento, Portal de Belén recurrió al TSJ.
Así, el máximo tribunal de Córdoba rechazó por mayoría –dos votos a favor y uno en contra– el recurso directo presentado por Portal de Belén. De tal modo, mantiene vigencia la resolución de la Cámara, que había declarado la incompetencia del fuero de Menores para entender en la tutela judicial de los embriones congelados.
El voto en mayoría del TSJ, suscripto por los vocales Carlos Francisco García Allocco y Domingo Sesín, no decidió sobre el fondo de la cuestión, es decir, si el embrión es o no un niño y, por lo tanto, sujeto de tutela judicial. Lo que el máximo tribunal señaló es que el pronunciamiento de la Cámara, cuestionado por la organización no gubernamental, no constituye una sentencia definitiva y, por tanto, no puede ser revisado por el TSJ a través de un recurso extraordinario.
Es más, al tratarse de una cuestión de competencia, el Portal de Belén aún puede ejercer su denuncia ante un tribunal con competencia material idónea. Una vía que le queda a la organización es el amparo.
No obstante, la importancia del fallo radica en que, si bien el TSJ sólo se expidió sobre una cuestión de competencia, en la práctica el resultado es que los jueces de Menores no deben intervenir y, por lo tanto, los embriones congelados no son sujetos de tutela de esos magistrados como sí lo son los niños cuando son abandonados por sus padres.
Por otro lado, el TSJ remarcó la sorpresa que le generó que el conflicto “haya sido planteado e insistentemente mantenido por el asesor de Menores”, funcionario cuya misión consiste en la tutela permanente de los derechos e intereses de los chicos. “Por ello, frente a la eventualidad, aun remota, de que pudiera estar comprometida la vida y/o la integridad psicofísica de un menor, ante la simple duda o incertidumbre existente, se espera del asesor de Menores una actuación tendiente a la defensa de los intereses, aun hipotéticos, del incapaz”, se lee en la sentencia.
“La sola existencia de sospechas (científicas y jurídicas) sobre el punto imponían al asesor una conducta más cautelosa”, continuó el TSJ.
Fuente: http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/jueces-no-deben-proteger-embriones

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