domingo, 26 de septiembre de 2010

Aspectos éticos, legales y sociales del Genoma Humano


Aspectos éticos, legales y sociales del Genoma Humano

El Genoma Humano trajo aparejado un nuevo paradigma con problemas éticos, sociales y legales. (Dosne Pasqualini, 2001, Samar , Avila, 2002; Samar et al., 2006; Avila et al., 2008)
Luego de un amplio debate que demandó la redacción de ocho anteproyectos en un periodo de cuatro años, el 25 de junio de 1997 el texto final de la declaración fue aprobado por la Comisión de expertos de UNESCO. La Declaración fue aprobado por unanimidad y por aclamación por la Conferencia General en su reunión Nº 29 del 11 de noviembre de 1997, primer instrumento universal en el campo de la Biología. El mérito indiscutible de ese texto radica en el equilibrio que establece entre la garantía del respeto de los derechos y las libertades fundamentales, y la necesidad de garantizar la libertad de la investigación.
Los grandes temas de la Declaración son:
a. La dignidad humana y el genoma humano. Donde se considera en sentido simbólico que el genoma humano es patrimonio de la humanidad.
b. Derechos de las personas interesadas. Donde se revalorizan el consentimiento informado, la confidencialidad y la no discriminación por cuestiones genéticas.
c. Investigaciones sobre el genoma humano. Donde se regulan las investigaciones científicas supeditando la libertad de pensamiento y de investigación a los derechos de los individuos en relación a su dignidad y libertad.
d. Condiciones de ejercicio de la actividad científica. Donde se establecen los derechos y responsabilidades de los investigadores.
e. Solidaridad y cooperación internacional. Donde se abordan los principios de solidaridad y cooperación internacional tanto con las personas como con los pueblos y comunidades vulnerables.
Es de destacar que esta Declaración no avanza en la controversia en relación al comienzo de la vida, tema sobre el cual la Comisión no logró consenso. Así, ciertos autores consideran que la persona existe desde el momento de la concepción, correspondiente a la formación del cigoto. Sostienen que en el momento de la fecundación los dos gametos forman una nueva entidad biológica, el cigoto o embrión celular, una nueva vida individual, una persona con un código genético individualizado, un genoma que individualiza y define al hombre, diferente al de sus progenitores. Desde ese momento de la concepción se produce el desarrollo biológico ininterrumpido de ese nuevo individuo humano, cumpliendo un ciclo o curva vital. Mantienen que cada ser humano es un ser único e irrepetible en la historia de la humanidad. (Avila et al 2008). Otros autores, sin embargo, defienden un punto de vista diferente, argumentando que la falta de un desarrollo fisiológico adecuado y necesario para el mantenimiento de las capacidades sensitivas hace que los embriones no sean candidatos apropiados a adscribirse a los derechos humanos y morales que se les quiere atribuir. (Warren,1991)
Un principio ético fundamental en relación al conocimiento del genoma humano es el de proteger la intimidad de los datos genéticos personales, evitando su difusión a terceras personas o entidades. (Williams, Schroeder, 2004; Petersen et al. 2005; Fan et al. 2008). En todo caso, la inviolabilidad del genoma humano debe también considerarse como un principio a mantener de forma clara y absoluta; desde el punto de vista ético no se puede alterar el genoma propio de la especie humana. Actualmente los esfuerzos se centran en dilucidar el camino a seguir en un futuro inmediato para garantizar la ética sin llegar a cortar el cauce de conocimientos y progresos aportados por el espectacular desarrollo de la Genética Molecular.

-Avila RE, Samar ME, Ferraris RV : El embrión como persona y paciente. Avila RE, Samar ME, Ferraris RV. Editorial SeisC. Córdoba. 2008.